Por mandato del Santo Padre Benedicto XVI la Penitenciaría Apostólica ha emanado un Decreto por el cual se conceden abundantes Indulgencias con motivo del Año del Sacerdocio, que a continuación se exponen. Hay que recordar que para poder ganar o lucrar indulgencias es necesario cumplir exactamente las obras prescritas, además de las condiciones generales o habituales. Las condiciones generales para las indulgencias plenarias son: exclusión de todo afecto a cualquier pecado, cumplir exactamente la obra enriquecida con indulgencia y las llamadas “tres acostumbradas condiciones”: confesión sacramental, comunión eucarística y oración por las intenciones del Sumo Pontífice.
Las condiciones generales para las indulgencias parciales son: estar sinceramente arrepentidos de los propios pecados y cumplir la obra prescrita.
Este Decreto consta de dos partes o conjuntos de concesiones; una primera exclusivamente dedicada a los sacerdotes y una segunda parte a todos los fieles.
I. Indulgencias concedidas a los sacerdotes
1. Indulgencia plenaria.
a. Obra prescrita: Rezar con devoción Laudes o Vísperas ante el Santísimo Sacramento, ya sea expuesto a la adoración pública, ya sea reservado en el Sagrario.
b. Intención unida a la obra: Que el mismo sacerdote se ofrezca con espíritu dispuesto y generoso a la celebración de los sacramentos, sobre todo al de la Penitencia.
c. Ocasión: Cualquier día dentro del Año Sacerdotal (19 de junio de 2009 a 10 de junio de 2010)
d. Aplicación de la indulgencia: por el propio presbítero o en sufragio de las almas de los presbíteros difuntos.
2. Indulgencia parcial.
a. Obra prescrita: Rezar con devoción oraciones aprobadas, para llevar una vida santa y cumplir santamente las tareas encomendadas a los presbíteros.
b. Aplicación: por el mismo presbítero o en sufragio de presbíteros difuntos.
Continúa en la página siguiente.
II. Indulgencias concedidas a todos los fieles
1. Indulgencia plenaria.
a. Obras prescritas: Asistir con devoción al Sacrificio divino de la Misa, ofrecer por los sacerdotes de la Iglesia oraciones a Jesucristo, sumo y eterno Sacerdote, y realizar cualquier obra buena ese día.
b. Intención unida a estas tres obras: Para que Jesucristo santifique y modele a los sacerdotes según su Corazón.
c. Ocasión: En los siguientes días dentro del Año Sacerdotal:
i) 19 de junio de 2009: inauguración del Año, solemnidad del Sagrado Corazón de Jesús.
ii) 10 de junio de 2010: clausura del Año, solemnidad del Sagrado Corazón de Jesús.
iii) 4 de agosto de 2009: aniversario 150 de la muerte de San Juan María Vianney, Cura de Ars, su Fiesta litúrgica.
iv) Cada primer jueves de mes dentro del Año
d. Aplicación de la indulgencia: por el propio fiel que la gana o en sufragio de cualquier fiel difunto.
2. Indulgencia plenaria para los que no pueden asistir a la Iglesia.
a. Destinatarios: Los ancianos, los enfermos y todos aquellos que por motivos legítimos no puedan salir de casa.
b. Obras prescritas: Rezar oraciones y ofrecer con confianza a Dios, por medio de María, Reina de los Apóstoles, sus enfermedades y las molestias de su vida.
c. Intención unida a estas obras: Por la santificación de los sacerdotes. Y además, tener el espíritu desprendido de cualquier pecado y con la intención de cumplir, en cuanto les sea posible, las “tres acostumbradas condiciones”.
d. Ocasión: los mismos días enunciados anteriormente para todos los fieles; pero en su propia casa o donde se encuentren a causa de su impedimento (19-junio-2009, 10-junio-2010, 4-agosto-2009 y primeros jueves de mes).
e. Aplicación de la indulgencia: por el propio fiel que la gana o en sufragio del alma de cualquier difunto.
3. Indulgencia parcial:
a. Obra prescrita: Cada vez que recen en honor del Sagrado Corazón de Jesús cinco Padrenuestros, Avemarías y Glorias, u otra oración aprobada específicamente, para que los sacerdotes se conserven en pureza y santidad de vida.
b. Aplicación de la indulgencia: por el propio fiel que la gana o en sufragio del alma de cualquier difunto.
Dada en San Bernardo, con fecha 4 de agosto de 2009, Fiesta del Santo Cura de Ars, en el Año Sacerdotal promulgado por S.S. el Papa Benedicto XVI.
+ Juan Ignacio González Errázuriz
Obispo de San Bernardo
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Gracias por la información pastoral que ponen al servicio de fieles católicos y por mantenerse siempre en comunión con el Obispo y el Papa, y fieles a la fe tradicional.
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